by Sabrina Garcia | 5 septiembre, 2023 4:46 pm
Por Aníbal Ignacio Faccendini*
“…Lo más escandaloso del escándalo es su acostumbramiento…” Simone de Beauvoir
La humanidad ha tenido que investigar, estudiar, visibilizar, sensibilizarse y desarrollar mucha ciencia de las diversas disciplinas que la componen para arribar a cuatro conclusiones fundamentales:
a) Para el ambientalismo inclusivo, el agua no es una mercancía, es un bien común público, es decir pertenece a todas las especies vivas del planeta. Es la propiedad superadora a la propiedad privada y a la colectiva. Es el bien que pertenece a todos en forma simultánea e individual. Al igual que otros bienes comunes públicos como el aire, la luz y el tiempo.
b) El agua es un derecho humano esencial al igual que el saneamiento. Porque es vital para vivir, nadie puede pasar sin tomar agua más de tres días, Mientras que una persona puede pasar 30 días sin comer. No se puede sustituir el agua por otra sustancia, es insustituible, es un derecho humano inalienable, está fuera del mercado, no se compra, no se vende y es imprescriptible, es un derecho que no decae por el transcurso del tiempo. Nadie puede vivir sin agua.
El agua es vida, si es vida es de un valor infinito. Más del 60% de nuestro cuerpo es agua. El cerebro tiene un 90% de agua y los ojos casi en un 100%. Es la posibilidad que atraviesa todas las posibilidades. Esta molécula que escasea para millones de argentinos y en general para 2.100 millones de habitantes de la Tierra, y que en el 2050, según datos científicos, van a ser más de 4000 millones, trae la imposibilidad de vida y los fallecimientos de aproximadamente 2 millones de personas anualmente, muriendo 4 mil personas por día, muchas de ellas en edad de infancia. Ello implica que fallecen 3 personas por minuto. Este biocidio señala la escasez climática y social al agua.
c) El agua es escasa, mal distribuida y de difícil renovación. No es abundante. Muchísimo menos del 1% es agua dulce esta en situación de potabilizarse, 23.400.000 kilómetros cúbicos es de agua subterránea y 42.800 kilómetros cúbicos en lagos y ríos. El agua ya tiene propietaria: la vida. Todos los seres vivos del planeta son los dueños del vital elemento.
d) El Río de la Plata y el río Paraná presentan distintos grados de contaminación. Contaminar los ríos es de lesa ambientalidad, incitar o realizar apoyatura en ello, es una violación a la ley, al ambientalismo inclusivo, a la naturaleza y a la otredad ambiental. Al agua hay que cuidarla y no dañarla.
Los antecedentes científicos y técnicos que precedieron en fundamentos lo antes señalado son:
Declarar que el agua es persona no humana sujeto de derecho tal como lo plantea la dirección de la Cátedra del Agua de la UNR y el Centro Interdisciplinario del Agua de la UNR. Asimismo, agregamos antecedentes científicos normológicos que nos permiten ver la evolución y concientización de la importancia del agua como derecho humano y bien común público y esto lo observamos en:
A nivel jurisprudencial, se puede connotar en:
El agua tiene un valor esencial, fundamental, imprescriptible y fundante de la vida. Según datos técnicos se calcula que en 2050 se incrementará en un 40% el consumo del agua generando que un 52% de la población mundial sufrirá problemas graves en el acceso al agua. Actualmente 2100 millones de personas en la Tierra padecen de escasez social y climática del agua. Con la tendencia antes señalada, en 2050 treparía a 4.160 millones de personas con problemas de acceso al agua. Como podemos ver no se va llegar a cumplir con el Objetivo 6 del Desarrollo Sostenible de la ONU para el 2030 respecto a que pudieran acceder al agua y al saneamiento todas las personas del planeta.
El próximo 7 de diciembre se van a cumplir tres años de la cotización del agua en la Bolsa de Comercio de Nueva York a razón de 486, 53 dólares por 1.233 metros cúbicos. Actualmente, aumentó la cotización a 976 dólares. Estas especulaciones financieras producen lesa ambientalidad. El agua no debe cotizar en la bolsa. Es una violación al derecho humano.
“Una empresa puede contaminar un río todo lo que quiera”
Como ejemplo del funcionamiento de la economía, Javier Milei explicó que “nadie puede reclamar la propiedad de los rios” cuando sobra el agua pero, de haber escasez, “dejaría de valer 0 y se terminaría la contaminación”. pic.twitter.com/67tcESFtCu[1]
— Corta ???? (@somoscorta) September 1, 2023[2]
Días pasado un candidato presidencial manifestó que las empresas podían contaminar el agua, que abundaba y que no tenía valor. Como podemos analizar el agua es escasa, es de un valor infinito, no se la puede ni debe contaminar y que es fundante de la vida. La actitud antes señalada podría incurrir en violación a la normativa penal. Necesitamos responsabilidad, conocimiento, estudio, trabajo y coherencia para abordar los temas del agua, los temas de la vida.
(*) Aníbal Ignacio Faccendini, Dr. en Ciencias Jurídicas y Sociales, magíster en Ambiente y Desarrollo Sustentable, director de la Cátedra del Agua y el Centro Interdisciplinario del Agua de la Universidad Nacional de Rosario
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