by Sabrina Garcia | 18 agosto, 2017 12:03 am
Se trata de la medida precautoria que disponía el freno de obras en la planicie de inundación, también en el delta del Paraná. Luego de una apelación, se dispuso que la competencia para intervenir en el caso debe pasar de la Justicia Federal a la Provincial.
Hace un año, la jueza federal Sandra Arroyo Salgado dispuso una medida precautoria en defensa del río Luján y el delta del Paraná. La disposición establecía la paralización de obras vinculadas a tareas de endicamiento, embalses y/o polders, dragados, refulados, excavaciones, creación de lagunas, derivación de cursos de agua, modificación de costas, desagües naturales, cotas en superficies asociadas a valles de inundación y cursos de agua o ambientes isleños.
De esa manera se buscaba proteger las planicies de inundación del avance inmobiliario que en las últimas décadas ocupó esos espacios y terminó por agravar las consecuencias de las crecidas. Lo dispuesto abarcaba a los municipios de Vicente López, San Isidro, San Fernando, Tigre, Luján, Exaltación de la Cruz, Campana, San Andrés de Giles, General Rodríguez, Mercedes, Suipacha, Pilar, Escobar, Moreno, José C. Paz y San Antonio de Areco.
Esta semana, a un año de la intervención judicial, la Asociación Ambientalista del Partido de Pilar dio a conocer un documento que refleja el incumplimiento de lo dispuesto a partir de una disputa de competencia. La organización detalla que en septiembre del año pasado, la Cámara Federal de Apelaciones Sala II (jueces Alberto Agustín Lugones, Daniel Mario Rudi), resolvió que la Justicia Federal no es competente para intervenir en el expediente. “Sorpresivamente y a pesar de todos los elementos que acreditan que el fuero federal es el que debe intervenir conforme el abundante material probatorio, jurisprudencia que lo fundamenta, resolvió pasar el expediente a la Justicia Provincial. La medida fue apelada por la parte demandante, vecinos e integrantes de organizaciones sociales, y fue lamentablemente negada su solicitud por la misma instancia judicial y la Cámara Federal de Casación Penal Sala III (jueces Liliana E. Catucci, Eduardo R. Riggi, Juan Carlos Geminiani). Finamente luego de ser negado el recurso extraordinario, la parte querellante presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, se reseña.
En el documento se incluye un informe que en abril último Arroyo Salgado elevó a la CSJN. Allí manifestó que el expediente “ha entrado en una incertidumbre desde que la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín el 8 de septiembre de 2016 resolvió que la competencia para actuar en el expediente es provincial, y que tal decisión prácticamente ha paralizado el trámite de tan sensible investigación, por un lado, no se ha avanzado en la investigación de los hechos y, en su caso, en la determinación de responsabilidades penales, pero por sobre todas las cosas, siquiera se pudo dar comienzo al estudio pericial interdisciplinario ordenado el 20 de mayo de 2016, que tiene como objeto determinar y delimitar la cuenca del río Luján y del delta del Paraná, como así también establecer si la construcción de los barrios cerrados que se han llevado adelante tuvo incidencia en tales efectos negativos con indicación de sus consecuencias actuales y futuras así como determinar las soluciones a la problemática generada”.
La Asociación Ambientalista del Partido de Escobar recuerda que “las decisiones judiciales federales estuvieron fundadas, entre otros, en los testimonios de expertos que integran equipos interdisciplinarios de investigadores de la UBA-CONICET-UNLP”. Aporta, además, que “en el mismo sentido, y desde el año 2008, el Defensor del Pueblo de la Nación, que intervino acorde el ámbito federal de su competencia, para insistir en que las autoridades nacionales y provinciales promuevan con carácter de urgente, la creación de un área protegida interjurisdiccional, que abarque la totalidad del delta del Paraná, sus islas y cuerpos de agua, incluso bajo la protección de Sitio Ramsar, asimismo requirió que se establezca una moratoria a la aprobación de nuevos emprendimientos o cambios de uso del suelo que pudiesen modificar la dinámica hídrica hasta tanto esté en funcionamiento el plan operativo de gestión Plan de Manejo para el Delta del Paraná”.
La entidad dedicada a la preservación del ambiente puntualizó que mientras el recurso precautorio se encuentra paralizado, los organismos estatales avanzan en pasos que perjudicarán todavía más la situación actual.
En primer lugar se refirieron a la aprobación de la Ley de Bosques Nativos de la provincia de Buenos Aires, ocurrida a fines de 2016 y promulgada por María Eugenia Vidal a comienzos de año: no fueron tenidas en cuenta para su sanción las recomendaciones de los académicos y organizaciones sociales que hace muchos años venían trabajando seriamente, quienes denunciaron que se elaboró a medida de los empresarios. En este sentido, los doctores Fabio Kalesnik y Roberto Bó, docentes e investigadores de la UBA y el CONICET dirigieron una carta al Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible (OPDS), en la que manifestaron su desacuerdo por las serias irregularidades en el mapa de la ley de bosques provincial.
Los profesionales cuestionan la clasificación que la ley dispensa para los bosques ubicados en el delta del Paraná. Opinaron al respecto que “este hecho no sólo plantea una situación engañosa, de la que podría interpretarse que no hay ni bosques secundarios, ni parches de bosques nativos en los albardones del bajo delta bonaerense, sino que habilitaría el avance de mega emprendimientos inmobiliarios y de otros tipos, que dañarían en forma importante o, incluso irreversible, la dinámica hidrogeomorfológica natural de las islas”.
Por otra parte, se cuestiona una resolución reciente dictada por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) que devuelve a los municipios la facultad de aprobar estudios de impacto ambiental en obras como endicamiento, embalses y/o polders, dragados, refulados, excavaciones, creación de lagunas, derivación de cursos de agua, modificación de costas, desagües naturales, cotas en superficies asociadas a valles de inundación y cursos de agua o ambientes isleños.
A su vez, la organización oriunda de Escobar cuestiona distintos nombramientos de funcionarios provinciales vinculados al negocio inmobiliario. También la decisión de avanzar con obras en la cuenca del río Luján por parte de Provincia: “Paralelamente avanzan créditos y obras en la cuenca del río Luján y el delta del Paraná sin respetar la convocatoria ciudadana a través de audiencia pública o consulta pública, violando el marco jurídico vigente. Con el agravante que respecto a las obras a iniciarse en el partido de Campana, en el delta del Paraná, Parques Nacionales manifestó su negativa a la evaluación de impacto ambiental presentada por la provincia. En este sentido, el diario EL CIVISMO del sábado 8 de julio del 2017 publicó: ‘Nuevo crédito para obras en el río, sin información oficial sobre los trabajos’”.
Fuente: Nicolás Grande para El Civismo
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