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Camino de sirga: días claves en la lucha por el acceso público a las costas

Camino de sirga: días claves en la lucha por el acceso público a las costas

La ley de reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación, sancionada en octubre de 2014, trajo aparejados debates de todo tipo en la escena nacional. Entre otros, destaca la modificación del artículo 2639, referente al “camino de sirga”.

Según el antiguo Código, “los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de treinta y cinco metros (…), no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna”.

Según el nuevo Código unificado, en cambio: “El dueño de un inmueble colindante con cualquiera de las orillas de los cauces o sus riberas, aptos para el transporte por agua, debe dejar libre una franja de terreno de quince metros de ancho en toda la extensión del curso”.

La reducción de la franja de terreno libre de treinta y cinco a quince metros es el cambio más evidente en la norma. Sin embargo también resulta sorpresiva la denominación: de “calle o camino público” se pasó a “franja de terreno” sin aclaración sobre su uso común.

¿Qué es el “camino de sirga”?

La figura del camino de sirga ya regía en nuestro país anteriormente a la sanción del Código Civil de 1869. Funciona como una restricción al dominio de los particulares en terrenos ribereños, para favorecer el desplazamiento y las maniobras costeras de la navegación: la “sirga” era la soga utilizada antiguamente para traccionar las embarcaciones desde la orilla.

En ese espacio no se pueden hacer construcciones, ni alterar el terreno en forma alguna. El límite a partir del cual se comienza a medir el camino de sirga es la ribera, es decir la línea máxima a la que llega el agua del curso en época de crecidas ordinarias.

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A pesar de que en su origen haya sido pensada exclusivamente en torno a la navegación, en la actualidad la norma se viene utilizando para garantizar tanto el acceso público a los ríos como el mantenimiento de los corredores de biodiversidad, asegurando el funcionamiento de los ecosistemas costeros. Esta resignificación se ve reflejada en gran parte de la doctrina, jurisprudencia y legislaciones locales que, producto de las luchas populares, ampliaron el alcance del instrumento.

La discusión en el Congreso

Frente al reclamo de diversas organizaciones sociales y ambientales, la senadora rionegrina Magdalena Odarda (Frente Amplio Progresista – UNEN), presentó en 2015 un proyecto que unifica otros existentes, donde se reincorpora el derecho de libre acceso a los 35 metros de espacio público de costas de ríos y cursos de agua.

Sin embargo, de no ser tratado antes del 30 de noviembre, el proyecto de ley perderá estado parlamentario. En conferencia de prensa, Odarda junto a las diputadas nacionales Alcira Argumedo (Proyecto Sur), Graciela Cousinet (Libres del Sur) y organizaciones sociales, pidieron su tratamiento inmediato: “Como no fue incorporada la medida, se convocó a una sesión especial por reglamento para el día jueves 24 sobre el mediodía, como estos 11 legisladores nacionales así lo habían requerido”, afirmó la senadora. Finalmente, las sesiones especiales no se realizaron, por lo cual el proyecto se incluyó en el temario para el próximo miércoles 30.

Referentes de diversas organizaciones mostraron una gran preocupación por la posible caída del proyecto. Enrique Viale, de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, expresó: “Quizá estemos ante la mayor privatización de tierras de la historia desde la denominada ‘Conquista del Desierto’. La principal beneficiada es la especulación inmobiliaria. Su principal objetivo es la proliferación de barrios cerrados y countries en el Delta bonaerense, los ríos de la Patagonia y de la Mesopotamia que serán -desde ahora- sólo de acceso de los dueños ribereños”.

En el marco de un cierre de año legislativo colmado de debates de tipo económico (emergencia social, ganancias, etc), fue también el reclamo de las organizaciones sociales y ambientales el que ha logrado que el proyecto de restitución se vuelva a colocar a contrarreloj en la agenda del Congreso Nacional, evitando así una gran privatización de tierra pública de carácter estratégico en todo el territorio nacional.

Fuente: Julieta Arancio para Notas


  1. Roque
    Roque 9 febrero, 2021, 13:25

    Buen día leyendo su articulo, no me queda en claro si pasan a ser de dominio privado solo los 20 metros de reduccion de los anteriores de 35 metros. Veo la imagen con las cotas y no me queda en claro porque los 15 metros se indican como de dominio privado.En la Provincia de Rio Negro, en Balsa Las Përlas, Departamento de El Cuy, bajo administracion de Cipolletti, hay un barrio seudoprivado que ha limitado el acceso a la costa del Río Limay, aqui vivimos 20.000 personas, No dejan circular libremente ni a personas ni a vehículos, han colocado un vallado, tambien grandes piedras (diría enormes) difucultando el paso, rejas perimetrales hasta en el agua y un porton para control de acceso a la costa en la parte ocupada por el barrio, del cual solo tienen llave los ´propíetarios. Hay problemas con el resto de los habitantes, vecinos de otros barrios de Balsa Las Perlas, y yaha ocurrido varias veces que cuando alguien se quiere acceder los propietarios del barrio Santa Mónica les dicen “retirrse, este lugar es privado, es propiedad privada¨”. Sra.Julieta Arancio, le solicito se ponga en contacto conmigo via mail

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